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¿como disfruto las vacaciones este verano?

Consejos para que empresas y trabajadores acuerden de la mejor forma posible las vacaciones este verano

Si todos los años el momento de planificar las vacaciones es un momento complicado entre empresa y trabajadores, e incluso entre los propios trabajadores, este año existen peculiaridades que quizá dificulten un poco más esta elección. No olvidemos que se deben conjugar los derechos tanto de la empresa como de los trabajadores y en esta ocasión la existencia de ERTES en vigor o recientemente finalizados dan un carácter especial a la distribución de este año de las vacaciones. Además no podemos olvidar que en determinados sectores está por recuperar el permiso retribuido que estableció el Gobierno durante el Estado de Alarma.

Si todos los años las incidencias se reproducen este año tendrán que armarse ambas partes de valor y generosidad para procurar llegar a acuerdos antes de llegar a solicitar la intervención judicial.

Lo primero que tenemos que tener en cuenta es que durante el tiempo en el que se ha estado afectado por un ERTE, no se han devengado vacaciones, pues el contrato estaba suspendido. En esta situación se han encontrado cerca de cuatro millones de trabajadores. Además tendremos que valorar también si estos han sido ERTES totales o parciales con reducción de jornada. No obstante hay empresas que han optado por no tener en cuenta estos periodos de suspensión a efectos de vacaciones.

Son varias las situaciones con las que nos podemos encontrar:

  • Si el ERTE ha sido de reducción de jornada, tendremos los mismos días de vacaciones, pero la retribución bajará proporcionalmente a los días que no hemos trabajado.
  • Si el ERTE ha sido de suspensión de la actividad laboral, entonces veremos reducidos los días de vacaciones.

Y que ocurre si ya teníamos previstas nuestras vacaciones y estas estaban dentro del periodo en que estamos afectados por un ERTE. Tenemos dos posibles soluciones:

  • Que la empresa nos desafecte del ERTE y disfrutemos nuestras vacaciones cobrando nuestro salario
  • Que la empresa nos mantenga dentro del ERTE y tengamos que renegociar las fechas posteriormente, con la reducción de días que nos corresponda.

Lo que si es cierto es que al final muchos periodos de vacaciones van a tener que volver a ser negociados, lo que conlleva el tener que poner se de acuerdo empresa y trabajador, por medio de una nueva negociación.

No podemos olvidar que el Estatuto de los Trabajadores, determina que los vacaciones deben de fijarse de común acuerdo, por lo que ninguna de las dos partes podrá imponer a la otra unas fechas determinadas. En caso de desacuerdo, la ley establece un procedimiento urgente, para que las vacaciones se determinen judicialmente. Se inicia a solicitud del empleado en el plazo de 20 días, desde que tenga conocimiento de la fecha en que se le asignan las vacaciones o en todo caso con dos meses de antelación a la fecha en que pretende disfrutarlas.

No obstante debemos recordar que en muchos casos puede estar establecido por acuerdo con la Empresa o en Convenio como se deben elegir las fechas de vacaciones e incluso fechas determinadas. Además este año para que todo sea un poco más complicado, nos encontramos con el permiso recuperable que estableció el Gobierno durante el Estado de Alarma y que habrá que acordar la forma en que se deben trabajar esos días, que nunca podrá ser a cambio de no disfrutar vacaciones.

permisos retribuidos – deben comenzar en día laborable

Una reciente Sentencia del Tribunal Supremo (Sala de lo Social), ha resuelto que todos los permisos laborales deben comenzar a disfrutarse en días Laborables, cuando el hecho que da lugar a ello se produce en un día no laborable.

La Sentencia resuelve un conflicto planteado por CCOO y UGT en relación a un permiso retribuido por matrimonio de 15 días, donde indica que dicho permiso se debe comenzar a contar desde el primer día laborable al matrimonio y no el día en que se produce.

Sin embargo la misma se ha conocido justo un día antes de que el Tribunal Europeo de Justicia, haya dictaminado en un caso similar con una respuesta totalmente opuesta, por lo que tendremos que estar atentos a las posibles modificaciones que se puedan realizar sobre esta doctrina. El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) ha establecido que el permiso retribuido que coincida con periodos vacacionales y libranzas no se compensa. Así lo estipula en una sentencia que ha hecho pública hoy, que sigue las recomendaciones del abogado general de la UE Henrik Saugmandsgaard

Lo más importante de esta Sentencia, es que tiene alcance para todo tipo de permisos retribuidos, incluidos los de baja duración como hospitalización o fallecimiento de un familiar. De esta forma se corrige el criterio que hasta ahora venía manteniendo la Audiencia Nacional, que sin embargo si reconocía el criterio del primer día laboral en los permisos de corta duración, pero no en el caso de matrimonio.

Esta última sentencia también desestima el recurso de casación de la asociación empresarial Asempleo, que mantenía que el resto de permisos retribuidos, como nacimiento, enfermedad o fallecimiento, debían computarse desde el momento del hecho causante –fuera o no día laborable para el trabajador–.

¿QUE ES el nuevo ingreso mínimo vital?. que sabemos sobre su funcionamiento. (actualizado 12/05/20)

En la actualidad se está hablando, debido a la Pandemia producida por el COVID-19, del establecimiento de una renta mínima básica, para aquellas personas que se hayan quedado fuera del resto de ayudas instauradas por el Gobierno entre las medidas sociales, recientemente publicadas. España es el único país europeo que no dispone de una renta mínima estatal contra el riesgo de pobreza. Esta carencia explica que seamos el país donde más ha crecido la pobreza en la última década.

La primera duda que nos surge es si estamos ante una ayuda temporal o permanente. Este aspecto lo veremos resuelto en las próximas fechas una vez se publiquen sus requisitos. Las últimas publicaciones indican que estará disponible para personas que tengan ingresos mensuales inferiores a 200 euros o los hogares con rentas inferiores a 450 euros mensuales. En el borrador aportado por el Ministeriode Seguridad Social, se recogen todos los requisitos en los que trabaja el Ministerio de Seguridad Social para tener acceso a esta prestación que irá desde los 462 euros por adulto hasta un máximo de 1.015 euros por hogar y que quiere llegar al «20% de la población en situación de pobreza severa».

Poco se sabe de los requisitos de dicha renta mínima, pero sí se van filtrando algunas cifras en relación al mismo. En principio afectaría a un millón de hogares, en los que viven alrededor de tres millones de personas. También sabemos del interés para que se ponga en marcha a lo largo del próximo mes de Mayo. Su coste anual está estimado en 3.000 millones. El 50% van a ser hogares con niños y un 10% se estima que serán familias monoparentales. Se estima que estará en marcha en la segunda quincena de Mayo.

La duración de la prestación dependerá de cuánto tiempo persista la situación de vulnerabilidad económica y se cumplan los requisitos que originaron el derecho a su percepción, según el borrador. Igualmente hay otras situaciones que dan derecho a percibir esta ayuda. En este sentido, por ejemplo, el borrador contempla que las víctimas de violencia de género que hayan abandonado su domicilio habitual puedan acceder a esta ayuda, siendo consideradas «unidad de convivencia»

Y ahí reside una de las claves de esta ayuda, la lista de requisitos para acceder a ella. El principal es el de los ingresos mensuales de la unidad familiar y el borrador señala que han de ser inferiores a la cuantía que le correspondería a esa unidad familiar. Es decir, que otro de los puntos clave de esta ayuda es que determina cuál debería ser la renta mínima de cada unidad familiar dependiendo del número de hijos a cargo, mayores, etc.

Esto indica que se trata de una «cobertura de la diferencia» entre los ingresos del receptor de la ayuda y «el importe máximo de la prestación» a la que puede optar.

Lo que si parece seguro es que este ingreso mínimo vital, será compatible con mantener un empleo en el caso de que los ingresos sean muy bajos, al menos durante un tiempo. También parece que los importes no van a ser iguales para todo el mundo, pues se están valorando distintos tipos de rentas. Habrá que pasar un doble test para tener acceso a dicha ayuda, uno primero sobre nivel de renta y otro posterior sobre el nivel de patrimonio de cada persona.

La unidad de convivencia es el elemento que se toma como referencia para calcular la cuantía de la prestación a la que tiene derecho cada familia que la solicite. Esta irá en función de que ese núcleo familiar sea monoparental o no y cuantos hijos tenga a su cargo el adulto que solicite la ayuda.

Así, la renta base para un adulto sin menores bajo su tutela será de 462 euros. Con un niño a cargo ascenderá a 700; con dos, a 838; con tres o más, a 977. Si hay dos cónyuges en la unidad familiar y ningún menor, recibirán 600 euros al mes; con un hijo, 738; con dos, 877, y con más de dos, 1.015, la cantidad máxima. En el caso de tres adultos esta será de 738. Si estos tienen algún niño o en el caso de «otros» modelos familiares, ascenderá a 877.

Somos conscientes que muchas personas afectadas de Fibromialgia, Fatiga Crónica y SQM, han quedado fuera del mercado laboral debido a sus dolencias, y quizá esta sea una medida que pueda aliviar sus cargas económicas. En el momento que se conozcan sus requisitos los publicaremos, pero sirva este post de información a aquellas personas que no han tenido conocimiento de la cercanía de esta ayuda.

¿llega el final de los ertes? finalmente se ampliaran mas allá del estado de alarma (ACTUALIZADO 12.05.20)

Las médidas de confinamiento se van relajando y en muchos casos llega el final de los ERTES. A qué nos enfrentamos en nuestro puesto de trabajo a partir de este momento.

En primer lugar debemos saber que aunque se levante el estado de alarma, la figura de los ERTES está previsto que en determinados sectores se mantenga hasta finales de año. Según la Ministra de Trabajo Yolanda Díaz, no tendría sentido el esfuerzo realizado por el Ejecutivo en protección, si finalmente no se atendiera a la realidad de los casos en cada sector. No obstante, el alcance de estas medidas, está en fase de negociación con Sindicatos y Patronal.

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