EUROPA PERMITE NOMBRAR INDEFINIDOS NO FIJOS AL PERSONAL INTERINO DE LA ADMINISTRACIÓN

A nadie le extraña que los asuntos relacionados con la Administración, muchas veces vayan mucho más lento de lo que sería deseable. Falta de cobertura de vacantes, rotación excesiva de persona interino y quizá uno de los problemas más serios: funcionarios interinos desmotivados desde años pues nunca saben cuando va a terminar su contrato.

Este no es un problema puntual en una administración. Ocurre tanto en la Administración Central, como Autonómica y Local. Tenemos Ayuntamientos con más personas interino que fijo. Esto no deja de ser un abuso de derecho por parte de quien más tenía que respetar la ley y una práctica generalizada en fraude de ley por abuso de temporalidad, que desde luego en el sector privado no ocurriría, pues la sanción en el derecho laboral es muy clara.

Los criterios que marca la política comunitaria, Directiva 1999/70/CE, se han retorcido más allá de lo que sería deseable, llevando la precarización a la administración.

Este pasado mes de marzo, en un Juzgado de Alicante, se ha pronunciado una Sentencia, en la que reconocen a una funcionaria interina del propio Ayuntamiento de Alicante, la situación de indefinida no fija, despues de haber estado trece años ocupando el mismo puesto de trabajo. Esta figura de indefinida no fija, aporta a la empleada el poder disfrutar de los mismos derechos y obligaciones que los funcionarios de carrera, pero sin llegar a obtener la condición de funcionaria.

La magistrada ponente, acoge en su sentencia a la consolidada jurisprudencia del Tribunal Europeo, acreditando la existencia de abuso. Nuestro derecho que tiene perfectamente definidas las sanciones cuando los empleados están acogidos al Estatuto de los Trabajadores, no tiene igual correspondencia, cuando hablamos de función pública.

Se abre una puerta a reclamaciones para consolidar estas situaciones, para aquellos empleados públicos interinos, que llevan más de tres años en el mismo puesto. No obstante a pesar de la clara respuesta por parte del Tribunal Europeo, aún existen juzgados en nuestro país que buscan la forma de evitar estas condenas. Afortunadamente el ejemplo de otros, nos ayudará a fijar un criterio claro en estos asuntos.

En la sentencia que ha infundido ánimos a miles de interinos en todo el país, la jueza del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 4 de Alicante, destaca que el hecho de que el Estado español no haya aprobado las medidas legislativas pertinentes para adaptar su normativa a la Directiva 1999/70/CE, no le exime de su cumplimiento.