
Los trabajadores infectados por coronavirus, así como aquellos en aislamiento preventivo se consideran en situación de incapacidad temporal asimilada a un accidente de trabajo. Esta fue una de las primeras medidas que el Gobierno aprobó debido al estado de alarma.
Desde el primer día de ausencia en el trabajo, el Estado será el que pague todas las bajas médicas por coronavirus, ya sea a través de la Seguridad Social o de las mutuas, según recoge el Real Decreto.
Así, los trabajadores afectados pasarán a recibir desde el día siguiente de la baja laboral el 75% de la base reguladora, en lugar del 60% que les correspondería durante los primeros 15 días en caso de que estuvieran de baja por enfermedad común. Si el convenio correspondiente lo establece, se complementará de forma íntegra el sueldo del trabajador hasta el 100%.
Los trabajadores en aislamiento preventivo tienen la misma consideración que si tuvieran el virus, por lo que también les corresponde una prestación del 75% de la base reguladora, desde el día siguiente a la baja.
Además, la medida, en vigor desde el pasado 12 de marzo, se aplica tanto a empleados por cuenta ajena como por cuenta propia
Los partes de baja y alta deben emitirlos los médicos de los servicios públicos de salud. Si presentas síntomas de la enfermedad, no es necesario desplazarse al centro de salud. El trabajador deberá ponerse en contacto con los servicios sanitarios a través de los teléfonos habilitados para cada Comunidad Autónoma.
El trabajador deberá ponerse en contacto con los servicios sanitarios a través de los teléfonos especiales habilitados para cada Comunidad Autónoma, donde se facilitará toda la información.
Tras la llamada y la correspondiente visita al domicilio de los trabajadores en aislamiento por parte de los médicos de urgencia, serán los sanitarios los que deberán comunicar por correo electrónico a los facultativos de Atención Preventiva y a la Inspección de Servicios Sanitarios de cada comunidad qué trabajadores pueden recibir la prestación.
Los médicos de Atención Primaria serán quienes comprueben los requisitos necesarios y emitan las bajas laborales. Los inspectores médicos deberán hacer seguimiento y supervisión temporal de los trabajadores en incapacidad temporal por aislamiento preventivo.
Una vez emitido el parte de baja por el médico, la empresa podrá verificar la existencia del mismo por medio del servicio INSS-EMPRESAS (FIE), sin necesidad de esperar a que el trabajador le aporte copia del parte.