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El autónomo debe seguir pagando cuotas hasta que le confirmen el cese

El haber solicitado el cese de actividad no implica que automaticamente el profesional quede eximido de abonar las cuotas. Aunque, a priori, cumpla requisitos.

José Antonio Calvo Martínez

JOSÉ ANTONIO CALVO MARTÍNEZ

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Compatir en FacebookCompatir en TwitterCompatir en LinkedinEnviar por correoIr a comentarios10 JUN 2020 – 09:56 CEST

Los autónomos pueden acceder al cese de actividad. La prestación, si es aprobada, concede una cantidad mensual correspondiente al 70% de su base reguladora por la que cotice el profesional. Con motivo de encontrarse en situación de paro, y como es lógico, no tendrá que abonar las cuotas a la Seguridad Social, del mismo modo que no lo hace un asalariado cuando se encuentra en situación de desempleo.

Pero algunas gestorías se están encontrando con casos en los que el autónomo, al cumplir con los requisitos, solicita el cese. Como los cumple, deja de abonar sus cuotas mensuales a la Seguridad Social. Grave error, según advierten estos mismos asesores.

Aunque cumplas requisitos no puedes dejar de pagar la cuota

La Seguridad Social es clara en este aspecto: la prestación debe estar reconocida en firme. Sólo en este caso se podrá dejar de pagar la cuota a este organismo. La única excepcionalidad que se permite es el ingreso fuera de plazo, y sin recargo, de los días que se trabajaron en el mes de marzo. Sólo la parte proporcional, no el mes completo. Pero, en el resto de casos, el autónomo debe proceder con normalidad. Si no se expone a recargos por retraso.

¿Que pasa si el autónomo no paga la cuota durante el coronavirus?

Si tienes algún problema para pagar las cuotas, lo recomendable es que solicites la moratoria habilitada, que te permite postergar durante seis meses el abono de las cantidades correspondientes a junio y julio. Para ello, debes solicitarlo durante los diez primeros días naturales del plazo de ingreso habitual para el mes en cuestión.

Si no demoras o aplazas las cuotas, o bien no te aseguras que eres perceptor autorizado del cese, tendrás que pagar las cuotas cuando corresponde. Si no lo haces tendrás que afrontar un regarlo del 10% de la deuda acumulada, siemrpe y cuando la restituyas en el primer mes natural al vencimiento del plazo habitual.

En el caso de que pases a pagarlas en el segundo mes natural, el recargo será del 20%.

abren de nuevo las oficinas del servicio de empleo.

En la segunda semana de junio está previsto que de nuevo abran las oficinas del Servicio Público de Empleo Estatal, para poder ofrecer servicio a los desempleados y demandantes de empleo. Pero está apertura estará dotada de mayores medidas de seguridad debido a la pandemia por Covid-19

Pero no serán las medidas de protección las únicas con las que contaran los funcionarios, dado que se reforzara la protección de los funcionarios, ante posibles altercados que puedan provocar aquellas personas que no hayan cobrado todavía su ERTE. Pese a haber hecho público el Gobierno que todos los afectados por que no han percibido sus prestaciones lo harán en el mes de junio, es evidente y comprensible el malestar en este grupo de trabajadores.

Referente a la protección para evitar la propagación del coronavirus, las oficinas del SEPE, ya están comenzando a recibir mamparas de metacrilato, gel desinfectante y unas instrucciones protocolarias específicas para la atención al público minimizando el riesgo.l

No hay que olvidar que pese a estar las oficinas cerradas, estos trabajadores han estado haciendo el trabajo desde su domicilio, lo que ha llevado a que gracias a su esfuerzo, cientos de miles de trabajadores hayan podido cobrar sus prestaciones.

Ahora, para la atención presencial, seguirá siendo necesario pedir cita previa con el fin de que nos atiendan en sus oficinas. No obstante no olvidemos que muchos trámites pueden realizarse por medios telemáticos.

INGRESO MÍNIMO VITAL

En la comparecencia de esta último sábado, el Presidente del Gobierno anunció que mañana martes 26 se aprobará por fin el ingreso mínimo vital, para aquellas personas que carecen de rentas. Su coste final será de unos 3.000 millones de euros y será financiado por la Seguridad Social.

La cuantía dependerá de las circunstancias de cada unidad familiar y una buena parte de las familias afectadas tendrán niños a su cargo. Se analizarán las rentas de cada familia y la cantidad a conceder será la diferencia entre una cantidad aún por determinar y los ingresos que obtiene la familia.

Será la Seguridad Social la que se encargue de la gestión de esta ayuda, aunque se esta trabajando con Ayuntamientos y Comunidades Autónomas, para que sirvan de receptores de la solicitud. También esta prevista la solicitud telemática. Las solicitudes deben ser respondidas en tres meses y el silencio administrativo será entendido como denegación del mismo. A la solicitud se le debe acompañar una declaración responsable que será posteriormente verificada por la Seguridad Social.

Según el documento sobre el que trabaja el Ministerio de Seguridad Social, estas ayudas se concederán a la unidad familiar o por hogar de convivencia, no a título individual, y los beneficiarios deberán tener más de 23 años y menos de 65 –existe la posibilidad de que sea a partir de 21 años, o de 18 años si tienen hijos-. Además, deberán estar en búsqueda activa de empleo y demostrar que ha solicitado todas las prestaciones posibles de los diferentes niveles de la Administración. Habrá un complemento especial para las familias monoparentales y se tomará como referencia para otorgarla los ingresos declarados de 2019, por lo que ya se han cruzado datos con la Agencia Tributaria.

Para el cálculo de la ayuda se valorarán tanto los ingresos como el patrimonio, no pudiendo superar la cantidad de 330.000 euros, sin tener en cuenta la vivienda habitual. La ayuda no es individual, por lo que se concede a la Unidad Familiar. Sus importes como hemos indicado varían desde los 461,53 para hogares con un único adulto y se incrementará hasta 1015€ dependiendo de las personas que compongan la unidad familiar.

Se podrá solicitar desde este mes de junio y tiene un carácter permanente, por lo que servirá para complementar las rentas de cada familia.

Recordar que estos datos aún deben ser confirmados con la propuesta final que se publicará en el BOE, pero estamos aquí para ayudaros en cuantas dudas podáis tener al respecto, tanto en la solicitud, como ante una posible denegación.